Subdirección Jurídica
¿Cuál es el alcance y el objeto del Reglamento del FCP?
El alcance del Reglamento del FCP es identificar y determinar los roles, funciones y responsabilidades de quienes interactúan dentro del modelo operativo definido para el FCP, de conformidad con el Decreto 691 de 2017, además de las funciones y responsabilidades que se detallen en los demás manuales y reglamentos del FCP.
Su principal objeto es ser el principal instrumento para la administración, coordinación, articulación, focalización y ejecución de las diferentes fuentes de recursos para realizar las acciones necesarias para la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, conforme al Plan Marco de Implementación (PMI).
¿Cuál es el campo de aplicación del Manual de Contratación del FCP?
El Manual de Contratación se aplicará a todos los procesos de selección, contratos, y convenios con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de naturaleza pública o privada, los cuales se regirán por las normas del derecho privado, observando los principios de la función administrativa previstos en el Artículo 209 de la Constitución Política, y de la gestión fiscal establecidos en el Artículo 267 ibidem.
¿Cuál es el objeto del Fondo Colombia en Paz?
El objeto de Fondo Colombia en Paz es ser el principal instrumento para la administración, coordinación, articulación, focalización y ejecución de las diferentes fuentes de recursos para realizar las acciones necesarias para la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, conforme al Plan Marco de Implementación.
¿Cuál es el objeto del Reglamento del Consejo directivo del FCP?
El objeto del Reglamento del Consejo directivo del FCP es determinar los principios, normas, procedimientos de actuación y funciones del Consejo Directivo y, específicamente, lo referente a su organización, funcionamiento, responsabilidades, deberes y normas de conducta de sus miembros, por lo cual sólo podrá modificarse por el Consejo Directivo del FCP.
¿Cuál es el rol del Administrador Fiduciario?
El Administrador Fiduciario corresponde a la(s) fiduciaria(s) pública(s) contratadas por el DAPRE para que ejerza(n) la vocería y administración del FCP, de conformidad con el contrato de fiducia. Adicionalmente, ejecutará las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, Ordenador del Gasto, Comité Fiduciario, Director Ejecutivo y Supervisor del Contrato, atendiendo lo establecido en los reglamentos y manuales del Fondo Colombia en Paz.
¿Cuáles manuales y reglamentos tienen el FCP?
Los manuales y reglamentos vigentes en el FCP son:
Reglamentos
- Reglamento Fondo Colombia en Paz.
- Reglamento Consejo Directivo.
- Reglamento Comité Fiduciario.
- Reglamento Comité Técnico.
Manuales:
- Manual de Contratación.
- Manual de Supervisión e Interventoría.
- Manual Operativo.
- Manual de Inversiones.
¿Cuáles son las modalidades de contratación implementadas por el FCP?
Las modalidades de contratación son:
- Convocatoria Abierta.
- Convocatoria Cerrada.
- Contratación Directa.
- Órdenes de servicio y/o compra de mínima cuantía.
¿Cuáles son las principales funciones del Comité Fiduciario?
Las principales funciones, entre otras del Comité Fiduciario, de acuerdo con el Reglamento del FCP son:
Impartir las instrucciones al administrador fiduciario dentro del alcance del negocio fiduciario.
Evaluar y efectuar la aprobación de las solicitudes de la contratación derivada y sus modificaciones.
Estudiar los informes y documentos que le sean presentados por el Administrador Fiduciario, las Entidades Ejecutoras, los Supervisores y en general cualquier información que sea sometida a su consideración.
Aprobar las políticas, procedimientos, manuales y reglamentos del FCP y sus modificaciones, a excepción del Reglamento del Fondo Colombia en Paz y el Reglamento del Consejo Directivo, los cuales son de competencia del Consejo Directivo.
Aprobar la conformación de la Unidad de Gestión para la administración del FCP, cuya composición, estructura, perfiles, funciones y remuneración será propuesta por la Fiduciaria.
¿Cuáles son sus instancias y gobernanzas?
El Fondo Colombia en Paz cuenta con:
Consejo Directivo: es el máximo órgano rector del FCP, según lo dispuesto por el Decreto 691 de 2017 integrado por siete (7) miembros nombrados por el Presidente de la República.
Director Ejecutivo: es la persona designada por el Consejo Directivo y se encarga de gestionar los recursos públicos, de cooperación internacional e inversión privada, así como de liderar la coordinación de todos los intervinientes en el modelo de operación del Fondo y sirve como enlace entre DAPRE, Consejo Directivo y la Fiduciaria.
Ordenador del Gasto: es un Funcionario directivo designado por el DAPRE para ejercer la función de ordenación del gasto del FCP.
¿Qué es el Comité Fiduciario?
Es el órgano colegiado conformado por el Ordenador del Gasto del FCP o su delegado, y el Director Ejecutivo del Fondo Colombia en Paz como delegado del Consejo Directivo, ambos con voz y voto.
¿Qué es el Fondo Colombia en Paz?
De acuerdo con el Decreto 691 de 2017, el Fondo Colombia en Paz (FCP) es un Patrimonio Autónomo del Departamento Administrativo de Presidencia de la República (DAPRE), creado por 10 años, sin estructura administrativa propia, administrado por una o varias sociedades fiduciarias públicas y regido por el derecho privado.
¿Qué es el Manual de Contratación del FCP?
El Manual de Contratación es la guía que contiene los procedimientos, reglas, roles y responsabilidades de los actores intervinientes en el desarrollo de la contratación derivada adelantada por el FCP.
¿Qué es el Manual de Supervisión e Interventoría del FCP?
El Manual de Supervisión e Interventoría es el instrumento que contiene las directrices y lineamientos a través de los cuales los supervisores e interventores realizan el seguimiento y control de los contratos, acuerdos y convenios celebrados por el administrador fiduciario, en su calidad de vocero y administrador del Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz.
¿Qué es el Manual operativo del FCP?
El Manual Operativo es el instrumento que contiene los términos, condiciones, procedimientos y las reglas que sirven de guía de operaciones para todos los actores intervinientes en el desarrollo y manejo de los recursos administrados a través del FCP.
¿Qué es el plan de contratación (PC) y para qué sirve?
Es un instrumento que se utiliza para informar las necesidades de contratación de cada subcuenta del FCP, y sirve para realizar seguimiento al desarrollo de las etapas de contratación aplicables a cada solicitud, de conformidad con el manual de contratación del FCP.
¿Qué es una supervisión conjunta?
Cuando la complejidad del contrato lo amerite, se podrá conformar una supervisión conjunta del contrato, integrado por un número plural e interdisciplinario de personas con experiencia y/o formación profesional idónea, de tal forma que se garantice la correcta y oportuna supervisión del contrato, circunstancia que deberá estar prevista en la solicitud de contratación, estudios previos y en el contrato respectivo.
¿Qué son las Entidades Ejecutoras?
Son entidades públicas o privadas, organismos de cooperación, agencias, direcciones, etc., que en desarrollo de su misionalidad y experticia definen el PPO, y en tal sentido son las responsables de su respectiva subcuenta creada en el FCP, cuyo líder será el representante legal de la entidad o su delegado. Adicionalmente propenderán por el cumplimiento de los PPO aprobados.
¿Qué son los Acuerdos de Niveles de Servicio (ANS)?
Es un documento que establece de forma concisa y con un estándar medible las condiciones del nivel del servicio que se suministrará, garantizando que se mantenga la calidad del mismo, durante toda la ejecución del contrato, de acuerdo con las características técnicas descritas en la etapa precontractual.
¿Quién designa a los supervisores de los contratos suscritos por el FCP?
El líder de la subcuenta determinado por la Entidad Ejecutora realizará la designación de la supervisión mediante oficio que deberá contener la aceptación de la designación, documento que será remitido al FCP para su integración con los documentos contractuales.
¿Quién es el Administrador Fiduciario del FCP?
CONSORCIO FONDO COLOMBIA EN PAZ 2019, constituido mediante documento del 23 de julio de 2019, integrado por Fiduciaria La Previsora S.A. – Fiduprevisora S.A. sociedad anónima de economía mixta, de carácter indirecto, y del orden nacional, identificada con NIT 860.525.148-5, con participación del 58%, Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. – Fiducoldex, sociedad colombiana comercial anónima, de economía mixta indirecta, del orden nacional, identificada con NIT 800.178.148-8, con un porcentaje de participación del 18%, Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. – Fiduagraria S.A., sociedad anónima de economía mixta, del orden nacional, identificada con NIT 800.159.998.-0, con un porcentaje de participación del 13%; y Fiduciaria Central S.A. – Fiducentral S.A, sociedad anónima, de economía mixta, del orden departamental, identificada con NIT 800.171.372-1, con un porcentaje de participación del 11%, cuyo representante legal es Fiduprevisora S.A.
¿Quién financia los recursos del Fondo Colombia en Paz?
La fuente de los recursos proviene de:
- Recursos del Presupuesto General de la Nación.
- Recursos del Sistema General de Regalías, de acuerdo con el régimen jurídico aplicable.
- Recursos del Sistema General de Participaciones, de acuerdo con el régimen jurídico aplicable.
- Recursos de Cooperación Internacional no reembolsables.
- Bienes y derechos que adquiera a cualquier título.
- Usufructo y explotación de bienes que a cualquier título reciba, provenientes de personas de derecho público o privado.
- Recursos provenientes de la participación privada.
- Los demás recursos que determine la ley.
¿Quién hace el monitoreo y seguimiento a los contratos suscritos en el FCP?
El monitoreo y seguimiento de los contratos suscritos por el FCP será realizado a través del Comité Técnico del FCP, que consiste en el seguimiento a la ejecución técnica, administrativa, financiera, contable y jurídica de los contratos celebrados por el FCP.