Director del Fondo Colombia en Paz capacita a 109 funcionarios en transparencia y comportamiento ético para detectar y prevenir posibles conflictos de interés
- De acuerdo con Camilo Cetina, un conflicto de interés es “aquella situación en la que los intereses particulares de un trabajador en misión o un partícipe, de sus familiares cercanos o de un tercero pueden estar enfrentados con los intereses del Fondo Colombia en Paz o suponen una interferencia con el desempeño imparcial y objetivo de sus deberes o funciones”.
- Cetina enfatizó que “todos los trabajadores del Fondo Colombia en Paz se deben guiar por los principios de legalidad, honestidad, justicia, diligencia responsabilidad, respeto, transparencia, integridad, equidad y compromiso”.
Bogotá D.C., 28 de junio de 2023. –@fcolombiaenpaz
Con el objetivo de establecer principios, políticas y procedimientos para conocer, detectar, prevenir y gestionar los posibles conflictos de interés de los trabajadores del Fondo Colombia en Paz, el director ejecutivo de la organización, Camilo Cetina, realizó una capacitación este miércoles en el auditorio Márquez del hotel NH del norte de Bogotá para definir pautas que orientan el comportamiento ético de los 109 empleados que tiene a su cargo en la actualidad.
Toda la capacitación quedó estipulada en el manual de conflicto de interés y reglas de conducta, aprobado mediante acta No. 371 del Comité Fiduciario del 14 de junio de 2023.
De acuerdo con el director Cetina, un conflicto de interés es “aquella situación en la que los intereses particulares de un trabajador en misión o un partícipe, de sus familiares cercanos o de un tercero pueden estar enfrentados con los intereses del Fondo Colombia en Paz o suponen una interferencia con el desempeño imparcial y objetivo de sus deberes o funciones”.
Intereses particulares: interés o beneficio secundario, de tipo generalmente económico o personal, que afecta la aplicación de los criterios con los cuales deben ser evaluadas las decisiones
Familiares cercanos: cónyuge, compañeros(a) permanente, pariente de hasta cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primer civil.
Los conflictos de interés se clasifican en dos parámetros:
- Conflicto de interés real: situaciones efectivas, el trabajador o partícipe debe tomar una decisión, pero sus intereses (o el de sus familiares cercanos o de un tercero) interfieren con los del Fondo Colombia en Paz. Pueden ser permanentes (sus causas perduran con el tiempo) o esporádicos (su causa no tiene vocación de permanencia).
- Conflicto de interés potencial: el trabajador o partícipe podría ver afectada su toma de decisiones pues sus intereses (o el de sus familiares cercanos o de un tercero) se verían enfrentados con los del Fondo Colombia en Paz.
Durante la conferencia de capacitación, el funcionario Cetina diferenció las inhabilidades con las incompatibilidades.
“A las inhabilidades e incompatibilidades les rige el principio de tipicidad: deben estar explícitamente señaladas en la Constitución y/o en la Ley”, aseveró.
Inhabilidad: situación de hecho previa que limita el derecho de acceder a un cargo público o contratar con el Estado
Incompatibilidad: limitación impuesta al servidor público o contratista por el tiempo en que ostente el cargo o posición, que implica la imposibilidad jurídica de coexistencia de la calidad y una actividad limitada.
Situaciones generadoras: i) adquisición de activos y contratación con personas jurídicas, ii) intereses privados a actividades externas, iii) información privilegiada, iv) relaciones personales, v) abuso de la posición o cargo, vi) regalos, beneficios y hospitalidad.
Procedimientos:
Formulario de Declaración de Bienes y Conflicto de Interés: se diligencia al ingreso y, posteriormente, cada año.
Formato de Existencia de Conflicto de Interés: se diligencia cuando se presenta un conflicto de interés. En él se describe la situación y se autoriza a que la misma sea evaluada, según el procedimiento dispuesto.
Camilo Cetina enfatizó que “todos los trabajadores del Fondo Colombia en Paz se deben guiar por los principios de legalidad, honestidad, justicia, diligencia responsabilidad, respeto, transparencia, integridad, equidad y compromiso”.
“No puede presentarse en ningún caso la vinculación laboral de familiares cercanos dentro del Fondo Colombia en Paz”, añadió el director Cetina.
Otro aspecto clave en la presentación del director Cetina consistió en la política “de regalos e invitaciones”.
“No se puede dar, ofrecer, aceptar en forma directa o indirecta regalos, favores, atenciones que tengan por finalidad o puedan tener como efecto influir en las funciones que desarrolla el trabajador o que puedan comprometer su habilidad de tomar decisiones objetivas”, expresó Cetina.
En un plazo de doce meses, las atenciones provenientes de una misma persona no podrán superar 1/3 del salario mínimo legal mensual vigente, es decir, al año en curso, $386,666 pesos.
Si deliberadamente el trabajador se abstiene de informar una situación generadora de conflicto de interés o incumple con las reglas de conducta, se adelantarán las acciones legales a las que haya lugar.
El Fondo Colombia en Paz fue creado con el propósito de garantizar la eficiencia y eficacia en la administración, coordinación, focalización y ejecución de los recursos destinados a la implementación del Acuerdo Paz con las extintas Farc conforme al Plan Marco de Implementación (PMI).
Los recursos administrados por el FCP provienen de diversas fuentes como el Presupuesto General de la Nación (PGN), y aportes de la cooperación internacional.
(Fin/mao/jm)